lunes, 31 de agosto de 2009

CONTRATO DE CONTADOR

CONTRATO DE TRABAJO CONTADOR
CÓDIGO: PR-Q-08
VERSIÓN: 1
FA: 19/08/2009

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En……………………(lugar), a…………de……………del año 2000, entre ……………………………………… (nombre o razón social del empleador) , R.U.T. N°…………………… , dedicado a …………………… (ocupación o giro), con domicilio en calle…………………………………N°………, Comuna de………………..…..…………….., Región………………………,representada por………………………………………………., de profesión u ocupación ………………, del mismo domicilio …………………, R.U.T N° ……………………(en caso de tratarse de sociedad u otra persona jurídica), en adelante “el empleador”, por una parte, y don(ña) ……………………………….…………… R.U.T. N° ……………………, de profesión u ocupación…………………, con domicilio en calle ………………………N° ………, Comuna de……………, Región……………………, de nacionalidad…………………, nacido(a) el ……de ………… del año…………, en adelante “el trabajador”, por otra parte, se conviene un contrato de trabajo cuyas cláusulas son las siguientes:

PRIMERO.- De la naturaleza de los servicios. El trabajador se obliga a desempeñar las funciones propias de contador, cargo de exclusiva confianza según emana de la naturaleza del mismo, de acuerdo a las instrucciones que al efecto sean impartidas por el empleador. En especial deberá llevar registros contables de los hechos económicos y financieros, confeccionar estados financieros, elaborar informes sobre la materia, efectuar las declaraciones impositivas y previsionales exigidas por las leyes respectivas. El trabajador queda obligado a cumplir leal y correctamente con todos los deberes que le imponga este instrumento o aquéllos que se deriven de las funciones y cargo, debiendo ejecutar las instrucciones que le confieran sus superiores. Del mismo modo el trabajador se obliga a desempeñar en forma eficaz, las funciones y el cargo para el cual ha sido contratado, empleando para ello la mayor diligencia y dedicación.
SEGUNDO.- Del lugar o ciudad en que han de prestarse los servicios. Los servicios serán prestados en las oficinas ubicadas en…………………………... Sin perjuicio de lo anterior, el empleador podrá alterar el sitio o recinto en que deban prestarse los servicios, siempre que quede dentro de la misma ciudad o lugar, de acuerdo a lo establecido en el artículo 12 del Código del Trabajo.



CONTRATO DE TRABAJO CONTADOR
CÓDIGO: PR-Q-08
VERSIÓN: 1
FA: 19/08/2009

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TERCERO.- Del monto, forma y período de pago de las remuneraciones. . El trabajador tendrá derecho a percibir las siguientes prestaciones a título de remuneración: a) Sueldo ascendente a $……………………………………………
Las remuneraciones se pagarán por períodos mensuales vencidos, el último día hábil de cada mes. De las sumas anteriores se deducirán los impuestos que las graven, las cotizaciones de seguridad social y otras, en conformidad a lo establecido en el artículo 58 del Código del Trabajo.

CUARTO.- De otras prestaciones. El empleador se compromete a entregar al trabajador las siguientes prestaciones no constitutivas de remuneración: (ejemplo; asignaciones de movilización, colación o pérdida de caja, viáticos y en general, las devoluciones de gastos en que se incurra por causa del trabajo.). Cualquiera otra prestación o beneficio, que no sean periódicos, ni ordenados por la ley, ni señalados en este contrato, se entenderán conferidos a título de mera liberalidad, por lo que en ningún caso constituirán un derecho para el trabajador.

QUINTO.- De la duración y distribución de la jornada de trabajo.: La jornada de trabajo tendrá una duración de………horas al día, y se distribuirá de la siguiente forma: (días, horas, descansos).

SEXTO.- Del plazo del contrato. El presente contrato tendrá una duración indefinida. (O bien, tendrá una duración de... meses, no más de un año o dos si posee estudios superiores. El hecho de continuar el trabajador prestando servicios con conocimiento del empleador, después de expirado el plazo, transforma el contrato en uno de duración indefinida).

SÉPTIMO.- De la terminación del contrato. Este contrato terminará en los casos señalados en los artículos 159, 160 y 161 del Código del Trabajo. Para los efectos del N°1° del referido artículo 160, constituyen falta de probidad los siguientes hechos: a) destinar para su uso personal o autorizar el uso por parte de terceros de bienes de la empresa, sin autorización expresa del empleador; b) falsedad en la confección de registros contables, declaraciones o certificados solicitados por la ley o los trabajadores. Y para los efectos del N°7° del mismo artículo 160, constituyen incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato los siguientes hechos: a) Atrasos reiterados en el inicio de la jornada de trabajo; b) contravención de lo establecido en la Cláusula Octava; c) declaraciones fuera de los plazos legales por causas imputables al trabajador; d) atrasos o desorden en los registros contables por causas imputables al trabajador; e) errores graves e inexcusables en la confección de registros contables, declaraciones y estados financieros.

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OCTAVO.- De la confidencialidad. El trabajador no podrá divulgar información confidencial a la cual tenga acceso con motivo de sus funciones, sin autorización del empleador, excepto en aquellos casos en que lo exijan las leyes tributarias o de seguridad social. En especial no podrá revelar a terceros lo siguiente: a) los términos de este contrato, salvo para darlos a conocer a su abogado; b) Información, de cualquiera naturaleza, relacionada con el empleador o con cualquiera de sus filiales o coligadas y sus respectivos clientes, incluyendo, sin limitación alguna, las políticas de la empresa, las operaciones sociales, técnicas, cuentas y personal del empleador; c) información o datos usados por el empleador para la conducción de sus negocios; d) información y datos obtenidos por el trabajador, que sea de propiedad del empleador o de un tercero y que el empleador este obligado a tratar como confidencial. La obligación de reserva del trabajador será permanente salvo que el empleador haga pública dicha información.

NOVENO.- Del Reglamento de Orden, Higiene y Seguridad. El trabajador declara conocer y acepta como parte de las estipulaciones de este contrato el Reglamento de Orden, Higiene y Seguridad, recibiendo un ejemplar del mismo en este acto.

DÉCIMO.- Del feriado legal. El trabajador hará uso del feriado anual que le corresponda en conformidad a la ley, en la época que señale el empleador, preferentemente en la época estival de acuerdo con las necesidades de la empresa, pudiendo el empleador fraccionar el feriado.

UNDECIMO.- De la fecha de ingreso del trabajador. El trabajador ingresa al servicio con fecha … del mes de ………… del año ………

DUODÉCIMO.- De la suscripción del contrato. El presente contrato se firma en tres ejemplares, quedando uno en poder del trabajador y los restantes en poder del empleador.

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

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Entre los suscritos a saber......................................... mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía Nº ........de .............. domiciliado y residente en ............ actuando en nombre y representación de .................................... y quien en adelante se denominará el CONTRATRANTE, y .............................. mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía N° ......................... de .................. domiciliado en .................... actuando en nombre y representación de ............................... y quien para los efectos del presente documento se denominará el CONTRATISTA, acuerdan celebrar el presente contrato de prestación de servicios profesionales, el cual se regirá por las normas que regulan la materia especialmente por las siguiente cláusulas:

PRIMERA. Objeto- El CONTRATISTA en su calidad de .................. se obliga para con el CONTRATANTE a ejecutar los trabajos y demás actividades propias del servicio contratado el cual debe realizar de conformidad con las condiciones y cláusulas adicionales del presente documento.

SEGUNDA. Plazo.- El plazo será de ................ contado desde la firma de este documento, el cual podrá prorrogarse por acuerdo entre las partes con antelación a la fecha de su expiración mediante la celebración de un contrato adicional que deberá constar por escrito.

TERCERA. Valor y forma de pago.- El valor de este contrato es la suma de .......................... ($............) moneda corriente, el cual será cancelado en cuotas mensuales de ................... (o en dos pagos, o tres pagos etc.) previa la presentación de la cuenta de cobro que el CONTRATISTA hará al CONTRATANTE con ..... días de anticipación ala fecha de vencimiento de cada pago.

CUARTA. Obligaciones del contratante. El CONTRATANTE se obliga a facilitar el acceso a la información que sea necesaria, de manera oportuna para la debida ejecución del objeto del contrato y estará obligado a cumplir con l estipulado en las demás cláusulas y condiciones previstas en este documento.

QUINTA. Obligaciones del Contratista.- El CONTRATISTA se obliga a cumplir en forma eficiente y oportuna los trabajos encomendados y aquellas obligaciones que se generen de acuerdo con la naturaleza del servicio yen general con las cláusulas de este contrato.

SEXTA. Vigilancia del contrato.- El CONTRATANTE o su representante supervisará la ejecución del servicio profesional encomendado, y podrá formular las observaciones del caso con el fin de ser analizadas conjuntamente con el CONTRATISTA y efectuar por parte de éste las modificaciones o correcciones a que hubiere lugar.

SÉPTIMA. Cláusula Penal.- En caso de incumplimiento por alguna de las partes de cualquier de las obligaciones previstas en este contrato dará derecho al contratante o al Contratista según el caso, a pagar una suma de .................... ($.........) moneda corriente.

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OCTAVA. Forma de terminación.- El presente contrato podrá darse por terminado por muto acuerdo entre las partes, o en forma unilateral por el incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, por cualquiera de ellas.

NOVENA. Independencia del contratista. El CONTRATISTA, actuará por su propia cuenta con absoluta autonomía y no estará sometido a subordinación laboral con el CONTRATANTE y sus derechos se limitarán, de acuerdo con la naturaleza del contrato, a exigir el cumplimiento de las obligaciones del CONTRANTE y al pago de los honorarios estipulados por la prestación del servicio.

DÉCIMA. Exclusión de la relación laboral.- Queda claramente entendido que no existe relación laboral alguna entre el CONTRATANTE y el CONTRATISTA o el personal que éste utilice en la ejecución del objeto del presente contrato.

DÉCIMA PRIMERA. Cesión del contrato.- Queda prohibido al CONTRATISTA ceder parcial o totalmente la ejecución del presente contrato a un tercero salvo previa autorización expresa y escrita del CONTRATANTE.

DÉCIMA SEGUNDA. Domicilio Contractual.- Para todos los efectos legales, el domicilio contractual será la ciudad de ........... y las notificaciones será recibidas por las partes en las siguientes direcciones. Por el CONTRATANTE EN : ...............por el CONTRATISTA en ............

DECIMA TERCERA. Cláusula compromisoria.- Toda controversia o diferencia que pueda surgir con ocasión de este contrato, su ejecución y liquidación, se resolverá por un tribunal de arbitramento, de acuerdo con el Decreto 2279 de 1989, Ley 446 de 1998 y Decreto 1818 de 1998, para lo cual se establecen las siguientes reglas: a ) El tipo de arbitraje que se adoptará es ....... (independiente, institucional o legal)) por tanto, el procedimiento establecido para este caso es ................... b) El tribunal estará integrado por tres (3) árbitros, saldo que el asunto a debatir sea de menor cuantía caso en el cual el árbitro será sólo uno c) La organización interna del tribunal se sujetará a las reglas previstas en las disposiciones legales que regulan los centros de arbitraje y conciliación mercantiles d) El tribunal decidirá en (derecho, en conciencia, o en principios técnicos). e) el tribunal funcionará en la ciudad de ..............

En señal de asentimiento las partes suscriben el presente documento en dos ejemplares del mismo tenor en..... el .......... (fecha).


El Contratante: El Contratista:

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Testigos:

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Anotaciones:
Seguridad Social en Salud:
En contratos tales como: Contratos de obra, de arrendamiento de servicios, de prestación de servicios, consultoría, Asesoría con duración superior a tres meses la parte contratante deberá verificar la afiliación y pago de aporte en salud.

La base para la cotización será el 40% del valor bruto del contrato, dividido por el tiempo de duración del mismo. En ningún caso se cotizará sobre una base inferior a 2 salarios mínimos legales vigentes.

Sistema general de pensiones:
Las personas naturales que contratan bajo la modalidad de prestación de servicios deberán estar afiliados al sistema general de pensiones y su cotización deberá corresponder a los ingresos que efectivamente perciba el afiliado.

La base sería en todos los casos como mínimo, de un salario mínimo mensual legal vigente y máximo de 25 salarios mínimos legales mensuales vigentes. La base de la cotización deberá ser la misma que la base de la cotización del sistema de seguridad social en salud.

Sistema general de Riesgos Profesionales:
Se aplica a los trabajadores independientes que realicen contratos de carácter civil, comercial o administrativo con personas naturales o jurídicas que cumplan los siguientes requisitos:

A) Que el trabajador independiente realice de manera personal y por su cuenta y riesgo la actividad contratada.

B) Que el contrato que se suscriba con el trabajador independiente, cuando es escrito, se establezca: la actividad, el lugar se de la empresa o centro de trabajo donde va a desarrollar sus funciones.

C) Que en el contrato se determine el valor de los honorarios o remuneración por servicios prestados y el tiempo o período de la labor ejecutada.

miércoles, 26 de agosto de 2009

bosetación y planimetría

Bosetacion

Es uno de los medios que utiliza el diseñador para dar forma a sus ideas.son dibujos rapidos a mano alzada, y en perspectivapara poder visualizar el volumen de el diseño(objeto)y definir sus contornos.nos sirve para concretar, resolver problemas,etc.Tambien se usa como elemento comunicativo,entre el diseñador y el cliente ,o la persona que va a fabricar el objeto.
AspectosLa calidad del boceto se basa en 2 aspectos. Rigor descriptivo se puede definir el boceto como un dibujo de linea,realizado a mano alzada, basado en normas de perspectiva(representa en un plano la ilusion de profundidad basandose en normas detrazado geometrico).Normalmente se distinguen 3 dimensiones para dibujar un objeto altura-anchura-profundidad Encajado es una estructura inicial que nos sirve para delimitar las dimensiones y la perspectiva del objeto.estas lineas son muy suaves.Instrumentos y plantillasLos materiales mas usados son lapiz 2H , HB papeles (canson-pantone-hecho a mano-pergamino- milimetrado,etc) compas, plantillas colores, curvigrafos .Perspectiva caballera (frotal). Nos imaginamos la joya vista e frente, y luego se proyecta la perspectiva.
planimetría

La planimetría es la parte de la topografía que estudia el conjunto de métodos y procedimientos que tienden a conseguir la representación a escala de todos los detalles interesantes del terreno sobre una superficie plana (plano geometría), prescindiendo de su relieve.

martes, 18 de agosto de 2009

COLORIMETRO

PRINCIPIO DE FUNCIONAMIENTO

Los colorímetros se basan en el principio de que la absorbancia de una sustancia es proporcional a su concentración, y es por eso que las sustancias más concentradas muestran una lectura más elevada de absorbancia

¿QUÉ ES?
Es un instrumento que permite la absorbancia de una solución en una específica frecuencia de luz a ser determinada. Es por eso, que hacen posible descubrir la concentración de un soluto conocido que sea proporcional a la absorbancia.
Diferentes sustancias químicas absorben diferentes frecuencias de luz. Se usa un filtro en el colorímetro para elegir el color de luz que más absorberá el soluto, para maximizar la precisión de la lectura. Note que el color de luz absorbida es lo opuesto del color del espécimen, por lo tanto un filtro azul sería apropiado para una sustancia naranja.
Los sensores miden la cantidad de luz que atravesó la solución, comparando la cantidad entrante y la lectura de la cantidad absorbida.
Se realiza una serie de soluciones de concentraciones conocidas de la sustancia química en estudio y se mide la absorbancia para cada concentración, así se obtiene una gráfica de absorbancia respecto a concentración. Por extrapolación de la absorbancia en la gráfica se puede encontrar el valor de la concentración desconocida de la muestra.






ABSORBANCIA

La ley explica que hay una relación exponencial entre la transmisión de luz a través de una sustancia y la concentración de la sustancia, así como también entre la transmisión y la longitud del cuerpo que la luz atraviesa


- A es la absorbancia (o absorbencia)
- I0 es la intensidad de la luz incidente
- I1 es la intensidad de la luz una vez ha atravesado el medio
- l es la distancia que la luz atraviesa por el cuerpo
- c es la concentración de sustancia absorbente en el medio
- α es el coeficiente de absorción o la absorbencia molar de la sustancia
- λ es la longitud de onda del haz de luz
- k es el coeficiente de extinción




¿COMO FUNCIONA?

Los colorímetros usan sensores que simulan el modo en que el ojo humano percibe el color, pero a diferencia de éste pueden asignar parámetros de medición consistentes a cada color. Miden el color de líquidos y bebidas, alimentos como pastas, trigo, harina, pescado y pollo, productos químicos, cerámicos, plásticos, textiles, etc.

Pero, si elegimos como primarios lo que llamamos rojo, verde y azul, podemos conseguir un número bastante grande de colores.
Es por esto por lo que se usan rojo, verde y azul como primarios de los sistemas de reproducción mediante mezcla aditiva (como, por ejemplo, la televisión).


Los valores triestímulos son las cantidades de tres primarios que especifican un estímulo de color. Los valores triestímulos de CIE 1931 se llaman X, Y y Z. Comisión Internacional de la Luz.
Con el sistema CIE 1931 se introdujeron métodos para caracterizar las fuentes de luz (o iluminantes), las superficies y el funcionamiento del sistema visual humano, cuyo comportamiento se midió mediante funciones de correspondencia de color (algo conocido también como "observador estándar").
Según la teoría tricromática de la visión en color, un observador puede igualar un estímulo de color mediante una mezcla aditiva (es decir: añadiendo) de tres primarios. Por tanto, cualquier estímulo cromático se puede especificar mediante la cantidad de primarios que un observador necesitará para igualar o hacer corresponder ese estímulo.
El observador estándar CIE es el resultado de experimentos en los que se pidió a los sujetos del mismo que establecieran una igualdad entre longitudes de onda monocromáticas con mezclas de los tres primarios aditivos.
De hecho, el observador estándar es una tabla en la que se indica cuánto de cada primario necesita un observador promedio para igualar cada longitud de onda.
APLICACIONES EN ALIMENTOS:

- Miden el color de líquidos y bebidas, alimentos como pastas, trigo, harina, pescado y pollo.
- Se emplea para el control objetivo de calidad de colores, control de distancias de este color, estandarizar, así como la medición absoluta del color.

ATRIBUTOS DEL PRODUCTO

Los productos son susceptibles de un análisis de los atributos tangibles e intangibles que conforman lo que puede denominarse como su personalidad.
Este análisis se efectúa a través de la evaluación de una serie de factores que permiten realizar una disección del producto, partiendo de los elementos centrales hasta los complementarios, para que a la vista tanto de los nuestros como de los de la competencia, podamos elaborar la estrategia del marketing que nos permita posicionar el producto en el mercado de la forma más favorable. En cualquier caso, los diferentes factores que incluimos a continuación nos tienen que servir únicamente como guión o referencia, ya que dependiendo del producto que comercialicemos se estudiarán otros atributos totalmente diferentes.
LOS PRINCIPALES FACTORES SON:

Núcleo: Comprende aquellas propiedades físicas, químicas y técnicas del producto, que lo hacen apto para determinadas funciones y usos.
Calidad: Valoración de los elementos que componen el núcleo, en razón de unos estándares que deben apreciar o medir las cualidades y permiten ser comparativos con la competencia.
Precio: Valor último de adquisición. Este atributo ha adquirido un fuerte protagonismo en la comercialización actual de los productos y servicios.
Envase: Elemento de protección del que está dotado el producto y que tiene, junto al diseño, un gran valor promocional y de imagen.
Diseño, forma y tamaño: Permiten, en mayor o menor grado, la identificación del producto o la empresa y, generalmente, configuran la propia personalidad del mismo.
Marca, nombres y expresiones gráficas: Facilitan la identificación del producto y permiten su recuerdo asociado a uno u otro atributo. Hoy en día es uno de los principales activos de las empresas.
Servicio: Conjunto de valores añadidos a un producto que nos permite poder marcar las diferencias respecto a los demás; hoy en día es lo que más valora el mercado, de ahí su desarrollo a través del denominado marketing de percepciones.
Imagen del producto: Opinión global que se crea en la mente del consumidor según la información recibida, directa o indirectamente, sobre el producto.
Imagen de la empresa: Opinión global arraigada en la memoria del mercado que interviene positiva o negativamente en los criterios y actitudes del consumidor hacia los productos. Una buena imagen de empresa avala, en principio, a los productos de nueva creación; así como una buena imagen de marca consolida a la empresa y al resto de los productos de la misma.

FOLLETO




MANUAL DEL OPERARIO






PLANOS ESQUEMATICOS